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CAUTELARÍSIMAS DE ANDORRA: UNA DE CAL Y OTRA DE ARENA


Respecto a las medidas cautelarísimas solicitadas por STEA-i en relación a la seguridad en los centros educativos en el municipio de Andorra durante el actual confinamiento perimetral, hemos conocido el auto del Juzgado de lo Social Único de Teruel.

Por un lado, la magistrada-juez titular del mismo, se inhibe de pronunciarse sobre el cierre de los centros educativos por considerar que el sindicato va contra la orden del Departamento de Sanidad que regula el confinamiento, entendiendo que al ir contra dicha orden es competente la jurisdicción contencioso administrativa y no la social.

Por otro, en relación a los Equipos de Protección Individual acuerda dar traslado de solicitud del sindicato al Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la DGA para que justifique su actuación en el inicio de curso.

Para no dar lugar a malas interpretaciones reproducimos a tenor literal las dos disposiciones:

“1.- DECLARAR la falta de competencia jurisdiccional del Juzgado de lo Social de Teruel, para conocer la pretensión principal de las medidas cautelarísimas planteadas por el SINDICATO DE TRABAJADORES DE LA ENSEÑANZA DE ARAGÓN (STEA) frente a la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la DGA, y en consecuencia se desestima la medida cautelarísima interesada consistente en la suspensión de la actividad escolar en la modalidad de presencial en tanto de la actividad educativa en tanto persistan las medidas especiales en materia de salud pública para la contención del brote epidémico de la pandemia COVID-19 en el término municipal de Andorra (Teruel).

2.- ACUERDO dar traslado de la solicitud a la parte demandada Consejería de Educación, Cultura y Deporte, Departamento de Educación, Cultura y Deporte de la DGA, por dos audiencias, para que formule lo que a su derecho convenga, respecto  de la solicitud de la medida cautelar subsidiaria relativa a la obligación de hacer consistente en proporcionar a los empleados públicos docentes los equipos de protección individual adecuados por riesgo de exposición ante el COVID-19 y el riesgo de contagio o infección desarrollando la enfermedad”

Desde STEA-i es nuestra intención continuar denunciando ante Inspección de Trabajo y los juzgados cuantos incumplimientos en materia de prevención de riesgos laborales podamos acreditar con pruebas fehacientes, para ello animamos al profesorado a contactar con nuestra organización. Consideramos,  que la normativa y las medidas adoptadas por el Departamento de Educación son claramente insuficientes para garantizar la seguridad de la comunidad educativa, pero al menos debe de cumplirse, y no cejaremos en nuestra lucha al respecto, pero es muy importante contar con la colaboración del profesorado para poder acreditar con pruebas fehacientes nuestras denuncias.

También es nuestra intención realizar una campaña específica para las personas especialmente sensibles, dado la falta de medidas concretas de protección que hemos detectado para el grueso de colectivos en dicha situación (mayores 60 años, EPOC, etc.).

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