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MIÉRCOLES 2 DE MARZO: ASAMBLEA SOBRE LA LEY 20/2021 (“ICETAZO”) Y SU APLICACIÓN EN LAS ADMINISTRACIONES ARAGONESAS


CONTAREMOS CON LA PARTICIPACIÓN DEL ABOGADO JAVIER ARAUZ.

Sin salir de Aragón nos estamos encontrando con situaciones muy dispares. En el Instituto Aragonés del Agua se ha facilitado hacer fijo a su personal interino, en la enseñanza universitaria también se allana el camino a la fijeza, en la enseñanza no universitaria ocurre lo contrario. En la administración general de la Diputación General de Aragón y en las administraciones locales –salvo alguna excepción muy concreta- se organizan procesos de oposiciones con reglas que eviten asentar al personal interino, minimizando las “vacantes de estabilización”.

En la asamblea junto al abogado Javier Arauz habrá un representante de cada sindicato del Área de Función Pública de nuestra Intersindical (STEA-i, SOMOS-i, STEPA-i y CATA-i) para poner en común la situación específica de cada sector y las estrategias sindicales desplegadas en favor del personal interino.

Un dato revelador de la desigual respuesta de la administración la encontramos en la enseñanza no universitaria respecto a los procesos selectivos inicialmente previstos para 2022. El 9 de febrero se publicaron las oposiciones al Cuerpo de Maestras y Maestros, mientras no se hizo lo mismo con las oposiciones a Cátedras del Conservatorio Superior de Música a pesar de estar prevista su convocatoria inicialmente –las vacantes de conservatorio o nunca se han convocado o llevan varias décadas sin convocarse, lo que origina una fuerte inseguridad jurídica de convocarse por “concurso-oposición” ordinario-.

Sin embargo, en las vacantes del Cuerpo de Maestras y Maestros, también existen algunas plazas que bajo las disposiciones adicionales de la Ley 20/2021 no pueden considerarse de “reposición” –y convocarse por concurso-oposición-, son vacantes de “estabilización” (para asentar por concurso)-.

Todo ello, al margen del incumplimiento por la Ley 20/2021  de la normativa europea, al no establecer una sanción del fraude de ley en la contratación a diferencia del Estatuto de los Trabajadores que lo sancionan con la fijeza.

La asamblea promete ser interesante, os animamos a conectaros. Para participar puedes PINCHAR AQUÍ o escanear el código QR:

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