NUESTRO SINDICATO, A TRAVÉS DE LA CONFEDERACIÓN DE STEs-i, PRESENTA EL RECURSO ANTE EL TRIBUNAL SUPREMO. DESDE EL SINDICATO SE CONSIDERAMOS DISCRIMINATORIO EL BAREMO DE MÉRITOS PORQUE LIMITA LAS POSIBILIDADES DE CONSOLIDACIÓN DEL PROFESORADO INTERINO.
STEA-i, hoy 10 de junio, ha presentado un Recurso Contencioso Administrativo al Tribunal Supremo contra el Real Decreto 270/2022, de 12 de abril, por el que se modifica el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero.
En dicho Real Decreto, que aplica la Ley Iceta a la enseñanza, se establecen distintas disposiciones que, desde esta organización, entendemos no cumplen la Directiva Europea 1999/70 por abuso de temporalidad de los funcionarios interinos en España y de las sentencias posteriores del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El R.D. 270/2022 establece unos límites temporales en el reconocimiento de la antigüedad docente (solo se puntúan 10 años como máximo), que son discriminatorios, y no solo eso, sino que va en contra de la Directiva Europea. Igualmente, se puntúan oposiciones aprobadas a partir de 2012 –pero no antes-, otro elemento discriminatorio. Además el profesorado aragonés en muchas especialidades minoritarias no puede acreditar nota alguna, por no haberse convocado nunca oposiciones o con anterioridad a 2012.
A nuestro entender, todo esto va en contra de los derechos de las personas en abuso de temporalidad en educación, que lejos de mejorar su situación más parece que va en contra de todas ellas, que, por otro lado, no olvidemos, llevan años prestando servicios a las administraciones educativas y se les limita el derecho a la estabilización con la actual redacción del Real Decreto.
Desde STEA-i usaremos todas las vías posibles para conseguir un acceso adecuado y que no vulnere los derechos de las personas en abuso de temporalidad, buscando estabilizar personas y no vacantes.