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LA APLICACIÓN DEL “ICETAZO” EN EDUCACIÓN


EN LA RECTA FINAL DEL LA TRÁMITE DEL PROYECTO DE LEY PARA EL FUNCIONARIADO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, DE CORPORACIONES LOCALES Y PERSONAL LABORAL, LAS DUDAS SOBRE CÓMO SE APLICARÁ A DOCENTES Y SANITARIOS CONTINÚAN.

Tras desplazarnos la semana pasada al Parlamento Europeo, donde participamos en una ronda de conversaciones con todos los grupos parlamentarios, la próxima semana tocará fijar la atención en el Congreso de los Diputados.

Por nuestra parte, en Bruselas trasmitimos a los eurodiputados que el Estado español continuará sin trasponer la Directiva 1999/70 a su ordenamiento interno en el sector público, que el “Icetazo” es una nueva burla a la UE, situándose España al nivel de Polonia o Hungría en su sistemático cuestionamiento de la supremacía del derecho comunitario sobre el interno.

El Congreso de los Diputados, previsiblemente el 2 de diciembre,  en sesión plenaria aprobará el proyecto de ley que regula la temporalidad en las administraciones públicas, al menos en lo relativo al personal laboral, funcionariado de administración general y de corporaciones locales, y el personal de entes autónomos –universidades, fundaciones y empresas públicas, RTVE, etc.-. Comprometiendo, en una disposición final, la realización de una regulación específica con un tope de un año para el personal estatutario sanitario y el funcionariado docente.

La ministra Mª Jesús Montero ha dejado claro que la norma ideada por su antecesor Miquel Iceta –con las direcciones de CC.OO., UGT y CSIF- también será de aplicación a los dos colectivos que más personal interino tienen en números absolutos –educación y sanidad-, de lo contrario no puede reducirse la tasa de interinidad al 8 %.

De momento, lo que ha trascendido del acuerdo entre los partidos del gobierno, ERC y PNV indica que vuelve a burlarse la aplicación de la Directiva 1999/70 y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) establecida en sus sentencias de 19 de marzo de 2020 y 3 de junio de 2021. En primer lugar, no castiga a las administraciones que han contratado en fraude de ley con la fijeza del personal abusado, a diferencia de lo que hace el Estatuto de los Trabajadores en la empresa privada. Se han comprometido a sacar a concurso las vacantes ocupadas por personal en abuso con anterioridad al uno de enero de 2016, un concurso de libre concurrencia en el que el personal abusado en el mejor de los casos podrá contar con una puntuación extra en el concurso de libre concurrencia. Sin pruebas con carácter eliminatorio en caso de hacerse oposiciones, con lo que se garantizará que todo el mundo podrá llegar a la fase de concurso. En consecuencia,  la judicialización continuará,  al no fijarse a personas sino vacantes.

En el caso de docentes y sanitarios es previsible algún apaño chapucero como el antes descrito. Algo similar a los “periodos transitorios” ya conocidos en educación, donde las pruebas de oposición no tenían carácter eliminatorio. Permitiendo así llegar a la fase de concurso a todas las personas aspirantes. Desde luego es una mejora respecto al acceso a la función pública docente aprobada por el PP –y todavía vigente bajo el gobierno “progresista”-, pero ni castiga la sistemática contratación en fraude de ley por parte de las consejerías de educación –incumpliendo lo establecido en el artículo 10 del EBEP respecto a la contratación de personal interino-, ni garantiza la continuidad en el empleo.

 Es previsible un aluvión de demandas judiciales de no hacerse bien las cosas –recordamos la última sentencia, conocida la presente semana, de indemnización a razón de 33 días por curso trabajado a un compañero interino de Aragón por parte del Tribunal Supremo que ha llevado nuestra asesoría jurídica, desestimando el recurso presentado por el Gobierno de Aragón-. El incumplimiento de la normativa de la UE implicará una sangría para las arcas públicas, algo a lo que deberían poner remedios nuestras diputadas y diputados.

Desde STEA-i seguimos exigiendo la fijeza como castigo a la contratación en fraude de ley, así como la modificación del real decreto de acceso del PP (R.D. 84/2018 de ingreso y acceso a los cuerpos docentes) para favorecer el asentamiento del personal interino, pero son dos cosas diferentes: la primera un castigo con la fijeza al fraude de ley y la segunda una mejora en el sistema de acceso para todas las personas aspirantes que no estén en fraude de ley. Por ello hacemos un nuevo llamamiento a la movilización.  

Adjuntamos el comunicado en archivo PDF.

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